Regimen de Retención por Medios de Pagos Electrónicos

   Este martes 19 de noviembre 2019 comenzó a aplicarse el régimen de retención de IVA y Ganancias sobre los pagos realizados por comerciantes, locadores o prestadores de servicios que utilizan los servicios electrónicos de pagos y o cobranzas por cuenta y orden de terceros, incluso a través del uso de cualquier dispositivo móvil o soporte electrónico virtual. Entre ellos "MERCADOPAGO".




   El monto a retener se determinará aplicando sobre el precio neto a pagar, antes del descuento de retenciones fiscales (nacionales, provinciales o municipales) las siguientes alícuotas:

Retención de IVA

  • Responsables inscriptos en el IVA: 0,50%.

  • Agentes de retención detallados en el Anexo I de la RG 2854, Empresas minoristas inscriptas en el registro de empresas petroleras: 1% para TDC o 3% para el resto.

  • Quienes no acrediten su condición frente al IVA o Monotributo: 10,50%

Retención de GANANCIAS
  • Responsables inscriptos en el IVA: 0,50%
   Cuando los pagos electrónicos de las operaciones se realicen mediante la tarjeta de crédito y/o compra: 1%
  • Sujetos exentos o no alcanzados en el IVA: 2%

  Adicionalmente destacamos que dichas retenciones no sera aplicables a las "micro empresas" y las "potenciales microempresas", por lo que te sugerimos verificar si estas dentro de este grupo y realizar la debida inscripción (Puedes hacerlo siguiendo estos pasos) para evitar las deducciones mencionadas. 

Fuente: RG 140, RG 4621 Y RG 4622


Autora: Leynel Carvajal





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