¡Aprovecha tu Saldo a Favor!

      En muchas ocasiones, debido a la operatividad del negocio, se pueden generar saldo a favor de libre disponibilidad, en el impuesto al valor agregado.

     Hasta el momento ese saldo lo podas descontar, en el mismo impuesto de periodos siguientes o en el impuesto a las ganancias y sus anticipos.

   No obstante, el pasado 03/10/2019 se dio a conocer la Resolución General 4603/2019, la cual te permite compensar hasta un 20% de las contribuciones de la seguridad social, que te corresponden como empleador, del saldo que tengas a tu favor.

     ¿Que debes tener en cuenta para hacerlo?
  • Tener todas las declaraciones de IVA presentadas.
  • Tener la declaración de Seguridad Social del periodo mensual que desea aplicar la compensación.
  • Solo podrá utilizarse hasta un 20% de la deuda. 
  • No puede generar saldo a favor en estas contribuciones.

     El tramite se realiza de forma online, a través de la pagina web de la AFIP, el sistema realizara las validaciones pertinentes de forma automática, en caso de tener algún rechazo deberás continuar el tramite presencialmente en la dependencia que te corresponda. 

 Cualquier duda, Consultanos. Estamos para asesorarte! 

Autora: Leynel Carvajal

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